Infórmate de cuándo se aplica el epígrafe del IAE 819.4 y el tipo de empresas y actividades que lo utilizan, como: crédito, actividad, establecimientos, financieros, gestión, concesión, investigación, ...
Información sobre el IAE 819.4. Sección, División, Agrupación y Grupo al que pertenece este epígrafe y que se define como Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de «factoring», con o sin recurso.
El epígrafe 819.4 pertenece a los siguientes niveles de la clasificación del IAE.
Nivel | Actividad |
Sección 1 | Actividades Empresariales |
División 8 | Instituciones Financieras, Seguros, Servicios Prestados a las Empresas y Alquileres |
Agrupación 81 | Instituciones financieras |
Grupo 819 | Otras instituciones financieras |
Dato | Valor |
Descripción | Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de «factoring», con o sin recurso. |
Detalle | Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de 'factoring', con o sin recurso. |
Actividad | Comprende a aquellas entidades de crédito cuyas actividades consistan en: Realización de «factoring», con o sin recurso, así como el ejercicio de las actividades complementarias del mismo, tales como las de investigación y clasificación de la clientela, contabilización de deudores y, en general, cualquier otra actividad que tienda a favorecer la administración, evaluación, seguridad y financiación de los créditos nacidos en el tráfico mercantil nacional o internacional, que les sean cedidos. Emisión y gestión de tarjetas de crédito. Concesión de avales y garantías, y suscripción de compromisos similares. |
Palabras | crédito, actividad, establecimientos, financieros, gestión, concesión, investigación, seguridad, realización, tarjetas, internacional, ejercicio, nacional, entidades, financiación |
Hay 5 epígrafes que podrían estar relacionados con el código 819.4.
© 2024 - Un sitio web de Julián Vida Barea
Recuerda que los datos que ofrecemos no tienen carácter vinculante y que esta página no tiene carácter oficial.
Consulta siempre con un asesor/a tributario/a, con un gestor/a o con la propia Administración Tributaria.