IAE - Impuesto sobre Actividades Económicas

¿Cuáles son los epígrafes del IAE para sistemas seguridad?

Si quieres saber el IAE que corresponde a empresas relacionadas con sistemas seguridad tienes 10 epígrafes, entre ellos: 849.4, 502.2, 502.3, 504.1, 325.1, 474.3, , 615.3, 653.3, 819.4

Menús: | |

Epígrafes IAE sobre sistemas seguridad

Gracias por utilizar nuestro buscador para encontrar epígrafes del IAE que contengan los terminos: sistemas y seguridad

Hay 10 epígrafes del IAE que pueden estar relacionados con la búsqueda "sistemas seguridad".

CódigoEpígrafe
Epígrafe 849.4Servicios de custodia, seguridad y protección
Epígrafe 502.2Consolidación y preparación de terrenos para la construcción de edificaciones, incluidos sistemas de agotamiento y dragados
Epígrafe 502.3Consolidación y preparación de terrenos para la realización de obras civiles, incluidos sistemas de agotamiento y dragados
Epígrafe 504.1Instalaciones eléctricas en general. Instalación de redes telegráficas, telefónicas, telefonía sin hilos y televisión. Instalaciones de sistemas de balización de puertos y aeropuertos
Epígrafe 325.1Construcción de máquinas y equipo para minería, construcción y obras públicas
Epígrafe 474.3Reproducción de textos o imágenes por procedimientos tales como multicopistas, fotocopias por procedimientos fotográficos y electroestáticos, sistemas de reproducción de planos, etc.
Grupo 773Detectives privados y profesionales que prestan servicios de vigilancia, protección y seguridad
Epígrafe 615.3Comercio al por mayor de aparatos electrodomésticos y ferretería
Epígrafe 653.3Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo (incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos)
Epígrafe 819.4Establecimientos financieros de crédito que realicen la actividad de «factoring», con o sin recurso

Búsquedas Relacionadas

Estas son algunas consultas válidas relacionadas con sistemas seguridad.

Otros sitios de Julián Vida Barea

Recuerda que los datos que ofrecemos no tienen carácter vinculante y que esta página no tiene carácter oficial.
Consulta siempre con un asesor/a tributario/a, con un gestor/a o con la propia Administración Tributaria.